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AAP.CE 36 - 7. Séptimo Protocolo Adicional



Síntesis


Prorroga desde el 1º/1/00 hasta el 31/3/00 el tratamiento especial del Régimen de Origen para los productos incluidos en el Apéndice 2, literal b) del Anexo 9 del ACE Nº 36.


Fecha de suscripción


30 - Diciembre - 1999


Fecha de depósito


30 - Diciembre - 1999


Cláusulas de vigencia


Artículo 2°.- El presente Protocolo entrará en vigor en la fecha que todos los signatarios hayan cumplido con los procedimientos internos requeridos por sus respectivas legislaciones para su puesta en vigor efectiva en todo el territorio nacional.


Disposiciones de internalización


ARGENTINA: Nota N° C.R 175/00 de 06/12/2000 (CR/di 1173)
BOLIVIA: Decreto Supremo N° 25.742 de 14/04/2000 (CR/di 1083)
BRASIL: Decreto N° 3.427 de 20/04/2000 (CR/di 1214)
PARAGUAY: No se cuenta con información.
URUGUAY: Decreto N° 663 de 27/11/1985 (SEC/di 202)



Entrada en vigor


No se cuenta con la información.