Menu
Menu

ALADI > Acuerdos Actuales > Acuerdos de Alcance Parcial Artículo 14 del TM80

AAP.A14TM 5 - Hidrovía Paraguay-Paraná
Séptimo Protocolo Adicional


Síntesis:
Prorroga la vigencia del Acuerdo y sus Protocolos Adicionales, por un período de quince (15) años, a partir del 13 de febrero de 2005.

Fecha de suscripción
9 - Diciembre - 2004

Fecha de depósito


Cláusulas de vigencia
Artículo 2º.-Los Gobiernos de los Países Miembros procederán a la incorporación de este Protocolo a sus respectivos ordenamientos jurídicos nacionales, de conformidad con sus procedimientos internos e informarán a la Secretaría General de la ALADI la fecha de dicha incorporación.
(Nota de Secretaría General: No contempla disposición específica relativa a su entrada en vigor)


Disposiciones de internalización
ARGENTINA: No se cuenta con información.
BOLÍVIA: Nota REPBOL-ALADI-038-05 de 24/06/2005 - Decreto Supremo N° 28.130 de 17/05/05 (CR/di 2046).
BRASIL: Nota N° 121 de 23/05/2006- Decreto N° 5.781 de 22/05/06 (CR/di 2257).
PARAGUAY: Nota RP/ALADI-MERCOSUR/4/N° 117/06 de 19/09/06 - Instrumento de Ratificación de 31/05/06 (CR/di 2324).
URUGUAY: Nota Nº 250/16 de 01/08/2016 (CR/di 4332) informando que "no ha sido necesario ningún trámite interno para habilitar la incorporación al derecho interno a partir del 13 de febrero de 2005, de la prórroga de la vigencia del Acuerdo..."


Entrada en vigor
No se cuenta con información.






ALADI
Cebollatí 1461 Tel: + 598 24101121 Fax: + 598 24190649
Montevideo - URUGUAY
Email: sgaladi@aladi.org © Copyright 2019. ALADI - Todos los derechos reservados