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AAP.CE 60
Decision N° 1/2019


Síntesis:
Notificación de las personas autorizadas para la emisión de certificados de origen, conforme a lo establecido en el Artículo 5-02 (Declaración y certificación de origen), numeral 5, inciso e), del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay

Fecha de suscripción
3 - Setiembre - 2019

Fecha de depósito


Cláusulas de vigencia
La presente Decisión entrará en vigor a las 60 días a la fecha de su firma


Disposiciones de internalización


Entrada en vigor
02/11/2019