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AAP.CE 16
1. Primer Protocolo Adicional


Síntesis:
Se incorporan las preferencias otorgadas en el período 1962-1980

Fecha de suscripción
13 - Diciembre - 1991

Fecha de depósito
13 - Diciembre - 1991

Cláusulas de vigencia
El presente Protocolo no contiene claúsulas de vigencia.

Disposiciones de internalización
ARGENTINA: Decreto N° 415 de 18/03/1991 (CR/di 274)
CHILE: Circular 299.

Entrada en vigor
No se cuenta con la información.


            De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 48 del ACE 35 “A partir de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, las Partes Signatarias deciden dejar sin efecto las preferencias arancelarias negociadas y los aspectos normativos vinculados a ellas, que constan en los Acuerdos de Alcance Parcial de Complementación Económica Nº 16 y 4, de Renegociación Nº 3 y 26 y los Acuerdos Comerciales suscritos en el marco del Tratado de Montevideo 1980. Sin embargo, se mantendrán en vigor las disposiciones de dichos Acuerdos que no resulten incompatibles con el presente Acuerdo o cuando se refieran a materias no incluidas en el mismo."