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ALADI > Acuerdos Actuales > Acuerdos de Alcance Parcial Complementación Económica

AAP.CE14
35. Trigésimo Quinto Protocolo Adicional


Síntesis:
Deja sin efecto y sustituye las disposiciones incluidas en el Trigésimo Primer Protocolo Adicional, con sus respectivas prórrogas, operadas mediante el Trigésimo Segundo y Trigésimo Tercer Protocolo; además incorpora el “Acuerdo sobre la Política Automotriz Común entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil”.

Fecha de suscripción
28 - Junio - 2006

Fecha de depósito


Cláusulas de vigencia
Artículo 4°.- El presente Protocolo rige desde el 1° de julio de 2006 y tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2008.
Artículo 5°.- El presente Protocolo Adicional entrará en vigor en forma simultánea en la fecha en que las Partes notifiquen a la Secretaría General de la ALADI la conclusión de las formalidades jurídicas necesarias en cada una de ellas para su aplicación.


Disposiciones de internalización
Argentina: Nota EMSUR - C.R. N° 120/06 de 07/07/06- (CR/di 2287).
Brasil: Nota N° 145 de 07/07/2006- Decreto N° 5.835 de 06/07/2006 (CR/di 2285).


Entrada en vigor
1/07/2006







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