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ALADI > Acuerdos Actuales > Acuerdos de Alcance Parcial Complementación Económica

AAP.CE22
15. Décimo Quinto Protocolo Adicional


Síntesis:
Amplia y profundiza el programa de liberación del Acuerdo, para cuyo fin Chile otorgará el cien por ciento (100%) de preferencia arancelaria a las importaciones de cualquier producto originario de Bolivia, excepto aquellos contenidos en el Anexo del presente Protocolo.

Fecha de suscripción
15 - Marzo - 2006

Fecha de depósito


Cláusulas de vigencia
Artículo 6º.- El presente Protocolo entrará en vigor 30 días después de la fecha en que la Secretaría General de la ALADI comunique a los países signatarios la recepción de la última notificación del cumplimiento de las disposiciones legales respectivas para la incorporación del presente Protocolo Adicional al ordenamiento jurídico interno.

Disposiciones de internalización
Bolivia: Nota Nº 055/06 de 07/11/2006 - Decreto Supremo No.28890 de 18/10/2006 (CR/di 2350) y Nota REPBOL-ALADI/58/06 de 14/11/2006 (CR/di 2350.1).
Chile:Nota Nº 061/06 de 07/08/2006 (CR/di 2296)


Entrada en vigor
8/12/2006





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