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Disposiciones de Internalización, Sumarios y Textos Actuales
Acuerdos de Alcance Parcial - Art.14 del TM80
AAP.A14TM 5 - Hidrovía Paraguay-Paraná
Acuerdo Sede entre la República Argentina y el Comité Intergubernamental de la Hidrovía Paraguay-Paraná



Síntesis:
Acuerdo Sede entre la República Argentina y el Comité Intergubernamental de la Hidrovía Paraguay-Paraná


Fecha de suscripción
9 - Marzo - 2018


Disposiciones de internalización
ARGENTINA: Nota EMSUR S.G. N° 53/21 de 15/07/2021 (ALADI/CR/di 5173)
BOLIVIA: Nota EBUR -443/19 de 28/08/2019 (ALADI/CR/di 4866)
BRASIL: Nota 120 de 15/08/2024 - Decreto Legislativo n° 62 del 10/06/2024, publicado en el Diario Oficial de la Unión n° 110 del 11/06/2024 (ALADI/CR/di 5654)
PARAGUAY: Nota RP/ALADI/4/Nº 036/2020 de 07/09/2020 (ALADI/CR/di 5055)
URUGUAY: Nota N° 242/19 de 13/08/2019 (ALADI/CR/di 4858)


Entrada en vigor
15/08/2024


Cláusulas de vigencia ..
ARTíCULO 11
Vigencia
El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de la comunicación por los cinco Estados Parte a la ALADI, informando que se ha dado cumplimiento a las formalidades internas necesarias, y mantendrá su vigencia mientras permanezca en vigor el Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra.