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->Alcance Parcial - Complementación Económica |
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AAP.CE Nº 40 |
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Tercer Protocolo Adicional |
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Síntesis: |
Consolida y ordena en un único texto el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica Nº 40 suscrito entre la República de Cuba y la República Bolivariana de Venezuela |
Fecha de suscripción |
13 - Noviembre - 2007 |
Fecha de depósito |
13 - Noviembre - 2007 |
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Cláusulas de vigencia |
Artículo 2°.- El presente Protocolo entrará en vigor en forma simultánea cuando ambas Partes comuniquen a la Secretaría General de la ALADI que lo han incorporado a su derecho interno, en los términos de sus respectivas legislaciones, la que, a su vez, informará a las Partes la fecha de vigencia. |
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Disposiciones de internalización |
Cuba: Resolución conjunta No. 9 de los Ministros del Comercio Exterior y de Finanzas y Precios de 30/12/2008, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria el 5/01/09. Nota No. 5/09 de 19/02/09. (ALADI/CR/di 2874).
Venezuela: Gaceta Oficial No. 5.905 Extraordinaria de 26/01/09. Nota II.2.U3.E1-REP 0350 de 20/02/09 (ALADI/CR/di 2880).
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Entrada en vigor |
25/02/2009 |
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