AR.AM
Nº
1
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Decimo Quinto Protocolo Adicional.
Síntesis
Se incorporan productos a la Nómina de Apertura de Mercado otorgada por Brasil y se fijan requisitos específicos de origen para el sector prendas de vestir
Fecha de suscripción
2 - Junio - 2009
Fecha de depósito
Cláusulas de vigencia
Artículo 8°.- El presente Protocolo entrará en vigor quince (15) días después de la notificación de la Secretaría General de la ALADI de que recibió las comunicaciones de ambas partes informando que fueron concluidos los respectivos trámites internos de incorporación a los ordenamientos jurídicos nacionales.
Disposiciones de internalización
BOLIVIA: Nota VCEI-002633 de 26/05/2009 (CR/di 2944).
BRASIL:Nota N° 157 de 21/08/2009 - Decreto N° 6.943 de 20/08/09 (CR/di 3024).
Entrada en vigor
11/09/2009
ACUERDO REGIONAL DE APERTURA DE MERCADOS
EN FAVOR DE BOLIVIA
(ACUERDO REGIONAL Nº 1)
Décimo Quinto Protocolo Adicional
(Nómina de productos otorgados por Brasil)