AR.AM
Nº
1
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Séptimo Protocolo Adicional
Síntesis
Mejora las condiciones especiales pactadas para la importación de diversos productos, incluir nuevas mercaderías y dar otras providencias para regular la importación de los productos registrados en dicha nómina
Fecha de suscripción
16 - Diciembre - 1988
Fecha de depósito
Cláusulas de vigencia
Artículo 10.- El presente Protocolo rige a partir de la fecha de su suscripción.
Disposiciones de internalización
Bolivia: No requiere.
Brasil: Decreto N° 97.500 (CR/di 96.17).
ACUERDO REGIONAL DE APERTURA DE MERCADOS EN FAVOR DE BOLIVIA
Séptimo Protocolo Adicional
ANEXO 1
MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES ESPECIALES ESTABLECIDAS PARA LA IMPORTACIÓN DE DIVERSOS PRODUCTOS
ANEXO 2
INCLUSIÓN DE NUEVOS PRODUCTOS EN LA NÓMINA DE APERTURA DE MERCADOS OTORGADA POR BRASIL
ANEXO 3
REQUISITOS ESPECÍFICOS DE ORIGEN