AR.AM 2 - Décimo Octavo Protocolo Adicional

SíntesisAmplia la lista de productos negociados por Argentina.
Fecha de suscripción7 - Octubre - 1992
Fecha de depósito
Cláusulas de vigencia
Artículo 2°.- El presente Protocolo rige a partir de la fecha de su suscripción.
Disposiciones de internalizaciónARGENTINA: Decreto N° 415 de 18/03/1991 (CR/di 274)
ECUADOR: No requiere