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AAP.CE
Nº
6
Acuerdo - Protocolo de Adecuación
Nota Secretaría General:
Sin efecto a partir de la entrada en vigor del Décimo Quinto Protocolo Adicional, el 1 de enero de 2007, con excepción de los Anexos I y II relativos a preferencias (Artículo 8° del Sexagésimo Quinto Protocolo Adicional al ACE 6).
Síntesis:
Adecúa a la NALADISA la clasificación de los productos negociados y consolida en un solo texto las disposiciones del Acuerdo.
Fecha de suscripción
28 - Noviembre - 1993
Fecha de depósito
28 - Noviembre - 1993
Cláusulas de vigencia
Artículo 31.- El presente Acuerdo regirá a partir del 1º de enero de 1987 y tendrá duración indefinida.
Durante la vigencia, las preferencias acordadas serán aplicadas a la importación de los productos llegados al país signatario importador de conformidad con la legislación interna de cada país.
Disposiciones de internalización
ARGENTINA: Decreto N° 415 de 18/03/1991 (CR/di 274)
MÉXICO: Resolución N° 11/90 de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SEC/di 385)
Entrada en vigor
1/01/1987
ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA Nº 6
PROTOCOLO DE ADECUACIÓN
TOMO I
TOMO II
______________________
ANEXO I
PREFERENCIAS OTORGADAS POR LA REPUBLICA ARGENTINA
Archivo 1
Archivo 2
Archivo 3
Archivo 4
Archivo 5
Archivo 6
Archivo 7
Archivo 8
Archivo 9
Archivo 10
Archivo 11
Archivo 12
_________
Nota
: Los productos individualizados con un (*) han sido negociados selectivamente conforme a lo dispuesto en el artículo 10 inciso final del presente Acuerdo.
ANEXO II
PREFERENCIAS OTORGADAS POR LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
__________
Nota
: Los productos individualizados con un (*) han sido negociados selectivamente conforme a lo dispuesto en el artículo 10 inciso final del presente Acuerdo.
Archivo 1
Archivo 2
Archivo 3
Archivo 4
Archivo 5
Archivo 6
______________
ANEXO III
PRODUCTOS EXCEPTUADOS DE LA PREFERENCIA A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 11, LETRA b)
Item 0101 a 5101
Item 5101 a 7321
Item 7321 a 8506
Item
8506 al final
_______________________
ANEXO IV
REGIMEN DE ORIGEN
(Resolución del Comité de Representantes Nº 78 de fecha 24 de noviembre de 1987)
ANEXO 1
PRODUCTOS ORIGINARIOS POR APLICACION DEL ARTICULO PRIMERO, LITERAL b)
ANEXO 2
PRODUCTOS CON REQUISITOS ESPECIFICOS DE ORIGEN (ARTICULO PRIMERO, LITERAL e))