AAP.CE Nº 38
Chile, Perú
Con compromisos específicos
Artículo 24.- Los Países Signatarios se comprometen a la eliminación de los obstáculos técnicos innecesarios al comercio, que pudieran derivarse de la aplicación de medidas relativas a la normalización y metrología. Para tales efectos, se establece el Régimen que figura en el Anexo Nº 7 del presente Acuerdo.
Anexo 7 |