AAP.CE Nº 35

Argentina, Brasil, Chile, Paraguay, Uruguay

Con compromisos específicos

Artículo 25.- Las Partes Signatarias se atendrán a las obligaciones contraídas en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio y el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC.