AAP.CE Nº 35
Argentina, Brasil, Chile, Paraguay, Uruguay
Con compromisos específicos
Artículo 25.- Las Partes Signatarias se atendrán a las obligaciones contraídas en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio y el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC.
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