AAP.CE Nº 40

Cuba, Venezuela

Con compromisos específicos

Artículo 26. Las partes propiciarán el establecimiento de programas de difusión y promoción comercial, facilitando las actividades de misiones oficiales y privadas, la realización de ferias y exposiciones, seminarios informativos, estudios de mercado y otras acciones tendientes al mejor aprovechamiento de las preferencias arancelarias y de las oportunidades que se presenten en materia comercial.

Asimismo, las partes se comprometen a facilitar la participación en ferias mediante la agilización de los trámites administrativos correspondientes.

Artículo 27. Las partes promoverán la formación de especialistas calificados en áreas de interés, así como la cooperación en sentido general.