AAP/A25TM/ Nº 31

Colombia, Caricom

Sin compromisos específicos

Artículo 14. Comercio de Servicios
1. Las Partes reconocen la importancia que tiene el comercio de servicios para el desarrollo de sus economías.

2. Las Partes reconocen además que será oportuno y necesario desarrollar la cooperación en este sector, tomando como base el resultado de la Ronda Uruguay del GATT. A tal fin, las Partes negociarán reformas o ampliaciones de este Acuerdo