AAP.CE Nº 60

México, Uruguay

Sin compromisos específicos

Artículo 20-04: Negociaciones futuras – Compras del Sector Público y Servicios Financieros.

1. Las Partes acuerdan la conclusión de un capítulo en materia de compras del sector público a más tardar dos (2) años después de la entrada en vigor de este Tratado. Dicho capítulo se definirá de común acuerdo con un ámbito de aplicación amplio. La Comisión establecerá los procedimientos pertinentes para llevar a cabo lo anterior.