AAP.CE Nº 58
Argentina, Brasil, Paraguay, Perú, Uruguay
Con compromisos específicos
Artículo 23.- Las Partes Signatarias se comprometen a evitar que las medidas sanitarias y fitosanitarias se constituyan en obstáculos injustificados al comercio.
Las Partes Signatarias se regirán por lo establecido en el Régimen de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias contenido en el Anexo IX. |
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