AAP.CE Nº 45

Argentina, Cuba

Con compromisos específicos


ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA N° 45 CELEBRADO ENTRE
LA REPÚBLICA ARGENTINA Y LA REPÚBLICA DE CUBA


Octavo Protocolo Adicional


Los Plenipotenciarios de la República Argentina y de la República de Cuba, acreditados por sus respectivos Gobiernos según poderes que fueron otorgados en buena y debida forma, depositados oportunamente en la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI),


VISTO La Resolución N° 02/2004 de la Comisión Administradora del Acuerdo de Complementación Económica N° 45, de fecha 21 de mayo de 2004
CONVIENEN:

Artículo único
.- Incorporar al Acuerdo de Complementación Económica N° 45 el “Régimen de Solución de Controversias”, que figura como Anexo del presente Protocolo y forma parte del mismo.


La Secretaría General de la ALADI será depositaria del presente Protocolo, del cual enviará copias debidamente autenticadas a los Gobiernos signatarios.


EN FE DE LO CUAL, los respectivos Plenipotenciarios suscriben el presente Protocolo en la ciudad de Montevideo, al primer día del mes de julio de dos mil cuatro, en un original en idioma español. (Fdo.:) Por el Gobierno de la República Argentina: Juan Carlos Olima; Por el Gobierno de la República de Cuba: José Felipe Chaple Hernández.


VIII Protocolo