AAP.CE Nº 58
Argentina, Brasil, Paraguay, Perú, Uruguay
Con compromisos específicos
Artículo 19.- Las Partes Signatarias adoptan el Régimen de Salvaguardias contenido en el Anexo VI. |
Artículo 24.- La República Argentina, la República Federativa de Brasil y la República del Perú adoptan el Régimen de Medidas Especiales contenido en el Anexo X para los productos enumerados en el Apéndice del citado Anexo. |
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