AAP.CE Nº 46

Cuba, Ecuador

Sin compromisos específicos

Artículo 23.- Las Partes promoverán las inversiones dirigidas a crear asociaciones económicas y empresas con capitales de ambos países.

Artículo 24.- Las Partes acuerdan impulsar la inversión de sus nacionales en el territorio del otro país mediante la suscripción de un Tratado Bilateral de Promoción y Protección de inversiones y el intercambio de información sobre oportunidades de inversión.