AAP/A25TM/ Nº 31

Colombia, Caricom

Con compromisos específicos

Artículo 18:
1. Las Partes acuerdan alentar las inversiones de sus nacionales en el territorio de la otra Parte, mediante, entre otros, la consideración de futuras negociaciones de Tratados Bilaterales de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, el desarrollo de actividades de promoción de inversiones y el intercambio de información sobre oportunidades de inversión. Con este propósito, las Partes también alentarán acuerdos similares entre Colombia y los Estados Miembros de CARICOM de manera individual.
2. Las Partes acuerdan alentar la producción conjunta de bienes y la colaboración en la prestación de servicios, especialmente aquellos dirigidos al aprovechamiento de oportunidades de mercado en terceros países.