AAP.CE Nº 53

Brasil, México

Con compromisos específicos

Capítulo XII. Régimen de solución de controversias. Las controversias que surjan entre las Partes en relación con la interpretación, aplicación o incumplimiento del presente Acuerdo, se regirán por las disposiciones del Primer Protocolo Adicional, que establece el Régimen de Solución de Controversias, una vez que las Partes hayan concluido las formalidades jurídicas necesarias para la entrada en vigor de dicho instrumento
Capítulo XII