TRATADO DE LIBRE COMERCIO CHILE – AMÉRICA CENTRAL
Entrada en vigencia: Costa Rica – 14 de febrero de 2002. El Salvador – 3 de junio de 2002. Guatemala – En tramitación parlamentaria. Honduras – 28 de agosto de 2008. Nicaragua – Protocolo bilateral en negociación.
Artículo 10.01 Ámbito de aplicación
1. Se incorporan a este Tratado y serán parte integrante del mismo los acuerdos que se señalan en el Anexo 10.01.
2. En caso de incompatibilidad entre este Capítulo y cualquier otro Capítulo de este Tratado, prevalecerá el primero en la medida de la incompatibilidad, salvo respecto a los Capítulos 1 (Disposiciones iniciales), 18 (Administración del Tratado), 19 (Solución de controversias) y 21 (Disposiciones finales).
Artículo 10.02 Programa de trabajo futuro
1. Dentro del plazo de dos (2) años a partir de la entrada en vigor de este Tratado, todas las Partes analizarán la posibilidad de desarrollar y ampliar la cobertura de las normas y disciplinas establecidas en los acuerdos señalados en el Anexo 10.01. El desarrollo y ampliación de estos acuerdos serán parte integrante de este Tratado.
2. No obstante lo establecido en el párrafo 1, Chile y un país centroamericano podrán acordar el desarrollo y la ampliación de la cobertura de las normas y disciplinas establecidas en los acuerdos señalados en el Anexo 10.01. El desarrollo y ampliación de estos acuerdos serán parte integrante de este Tratado.
Se incorporan a este Tratado los siguientes acuerdos:
a) Acuerdo entre la República de Chile y la República de Costa Rica para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones, suscrito el 11 de julio de 1996;
b) Acuerdo entre la República de Chile y la República de El Salvador para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones, suscrito entre El Salvador y Chile el 8 de noviembre de 1996;
c) Acuerdo entre la República de Chile y la República de Guatemala para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones, suscrito el 8 de noviembre de 1996;
d) Acuerdo entre la República de Chile y la República de Honduras para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones, suscrito el 11 de noviembre de 1996; y
e) Acuerdo entre la República de Chile y la República de Nicaragua para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones, suscrito el 8 de noviembre de 1996. |