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Bolivia |
| País al que se aplica:Todos |
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Sector afectado por la medida: 9. Servicios de Turismo y Servicios Relacionados con Viajes.
9A. Hoteles y Restaurantes -incluidos los Servicios de suministro de Comidas desde el Exterior por Contrato- (CCP 641+643), 9B. Servicios de Agencias de Viajes y Organización de Viajes en Grupo (CCP 7471), 9C. Servicios de Guías de Turismo (CCP 7472)
1Ak. Otros
Modo(s) de suministro:
Modo 4. Movimiento de personas físicas |
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Caracterización de la medida Principio que afecta:
01 Acceso al Mercado
Tipo de limitación
0107 Limitaciones de carácter comercial aplicadas a personas jurídicas. (010703 Requerimientos de registro; licencia; contrato de concesión u otro tipo de autorización para proveer el servicio.) |
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Fundamento Jurídico de la Medida
Código: Ley 2.074
TítuloPromoción y Desarrollo de la Actividad Turística en Bolivia
Fecha: 05/14/2000
Autoridad: Congreso Nacional |
Descripción de la Medida:
Actualiza el Decreto Supremo No. 24583, del 25 de abril de 1997. Decreto Supremo No. 26085, Reglamento de la Ley 2074 del 23 de febrero del 2001.
Todas las actividades relacionadas con el turismo, deberán ser realizadas a través de agentes económicos legalmente constituidos en el país. |
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Texto: http://www.embajadadebolivia.com.ar/turismo/leytur.htm
http://www.comunidadandina.org/normativa/dec/D510.htm |
| Fuente: Decisión 510 de la CAN |
| Fecha fuente: 30/10/2001 |
| Estado: Vigente |