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Bolivia |
País al que se aplica:Todos |
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Sector afectado por la medida: 13. Todos los Sectores
Sin actividad específica
1Ak. Otros
Modo(s) de suministro:
Modo 3. Presencia comercial |
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Caracterización de la medida Principio que afecta:
02 Trato Nacional
Tipo de limitación
0201 Limitaciones al número de personas físicas o jurídicas extranjeras (020102 Diferencia en la proporción de empleados entre extranjeros y locales en números o salarios.) |
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Fundamento Jurídico de la Medida
Código: Ley General del Trabajo
TítuloLey General del Trabajo
Fecha: 12/08/1942
Autoridad: Congreso Nacional |
Descripción de la Medida:
Arts. 3. y 78. Se complementa conel Decreto Supremo del 02/02/37, Art. 1. En ninguna empresa o establecimiento el numero de trabajadores extranjeros
podrá exceder del 15% del total y comprenderá exclusivamente a técnicos.
El personal femenino tampoco podrá pasar del 45% en las empresas o establecimientos que, por su índole, no requieren usar el trabajo de estas en una mayor proporción.
El 85% de los empleados que sirven a un mismo patrono, deberán ser de nacionalidad boliviana.
Del total de sueldos pagados por el mismo patrono, se asignara el 85% a favor de los empleados nacionales.
Los pagos hechos en moneda extranjera se reducirán al cambio bancario para restablecer dicho porcentaje.
Las empresas que tengan más de 500 trabajadores, solventaran los gastos
para que un trabajador o el hijo de un trabajador, siga estudios de perfeccionamiento técnico, el beneficiario deberá ser boliviano. |
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Texto: Ley General del Trabajo |
Fuente: Decisión 510 de la CAN |
Fecha fuente: 30/10/2001 |
Estado: Vigente |