Bolivia
País al que se aplica:Todos

Sector afectado por la medida:
13. Todos los Sectores
Sin actividad específica
1Ak. Otros
Modo(s) de suministro:
Modo 3. Presencia comercial

Caracterización de la medida
Principio que afecta:
02 Trato Nacional
Tipo de limitación
0201 Limitaciones al número de personas físicas o jurídicas extranjeras (020102 Diferencia en la proporción de empleados entre extranjeros y locales en números o salarios.)

Fundamento Jurídico de la Medida

Código: Ley General del Trabajo
TítuloLey General del Trabajo
Fecha: 12/08/1942
Autoridad: Congreso Nacional
Descripción de la Medida:
Arts. 3. y 78. Se complementa conel Decreto Supremo del 02/02/37, Art. 1. En ninguna empresa o establecimiento el numero de trabajadores extranjeros
podrá exceder del 15% del total y comprenderá exclusivamente a técnicos.
El personal femenino tampoco podrá pasar del 45% en las empresas o establecimientos que, por su índole, no requieren usar el trabajo de estas en una mayor proporción.
El 85% de los empleados que sirven a un mismo patrono, deberán ser de nacionalidad boliviana.
Del total de sueldos pagados por el mismo patrono, se asignara el 85% a favor de los empleados nacionales.
Los pagos hechos en moneda extranjera se reducirán al cambio bancario para restablecer dicho porcentaje.
Las empresas que tengan más de 500 trabajadores, solventaran los gastos
para que un trabajador o el hijo de un trabajador, siga estudios de perfeccionamiento técnico, el beneficiario deberá ser boliviano.

Texto: Ley General del Trabajo
Fuente: Decisión 510 de la CAN
Fecha fuente: 30/10/2001
Estado: Vigente