Decreto N° 20, Ministerio De Hacienda, D.O. 03/05/2007
MODIFICA DECRETO SUPREMO N* 250, DE 2004, QUEAPRuEBA REGLAMENTO DEE A LEY N" 19.886, DE BASESSOBRE CONTRATOS ADMINISTRAT1YOS DE SUMINISTRO Y PRESTACION DE SERVICIOS
Num. 20.- Santiago, 12 de enero de 2007,- Vistos: Las facultades que me confieren los articulos 24 y 32 N° 6 de la Constitucion Politica de la Republica de Chile; ia ley N" 19,886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestacion de Servicios; el decreto supremo del Ministerio de Hacienda N" 250, de 2004, que aprueba el reglamento de dicho cuerpo legal, y
Considerando: Que es necesario efectuarajustes y ade-cuaciones a I decreto supremo N° 250, de Hacienda, de 2004, como consecuencia del desarrollo del sistema de contratacion de bienes y servicios que dicho cuerpo reglameniario regula, dicto el siguiente,
Decreto:
Artieulo primero; Efectuanse las siguientes modifica-ciones at decreto supremo del Ministerio de Hacienda N° 250, de 2004, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestacion de Servicios:
1.- Rccmplazasc clN*28 del artieulo 2°, por cl siguiente:
"28. Usuario comprador
Funcionarioqueparticipa directay habitualmenteen los Procesos de Compra de una Entidad Licitanteen los temiinos previstos en el artieulo 5° de este reglamento,"
2.- Agreganse en el artieulo 2", los siguientes N°s. 29 y 30:
"29, Usuario oferente
Persona natural o juridica que utitiza el Sistema de Informacion con el fin de participar en los Procesos de Compra que se realizan a traves de el.
"30. Usuario ciudadano
Persona natural o juridica que requiere informacion de los Procesos de Compra a traves del Sistemade Informacion."
3.- Sustitiiyese cl artieulo 4°, por el siguiente: "Artieulo 4°: Manual de Procedimientos de Adquisiciones
Las Entidades, para efectos de utilizar el Sistema de Informacion, deberan claborar un Manual dc Procedimicntos de Adquisiciones, el que se debera ajustara lo dispuesto en la Ley de Compras y su Reglamento,
Para estos efectos, el Manual de Procedi in ientos de Adquisiciones debera refcrirse a lo menos, a las siguientes materias: Planificacion de Compras, Seleccion de Procedi-mientos de Compra, Formulae ion de Bases y ferminos de Referenda, Criterios y Mecarismos de Evaluation, Gestion de Contratos y de Proveedores, Recepcion de Bienes y Servicios, Procedimientosde Pago, Politica de Inventarios, uso del sistema www.chilecompra.tl, autorizaciones que se requie-ran para las distintas etapasdel Procesode Compra, y Organi-grama de la Entidad y de las Areas que intervienen en los mismos, con sus respectivos niveks y flujos.
Dicho Manual debera pub! icarse en el Sistema de Informacion y formara parte de los antecedentes que regulan los Procesos de Compra del organismo que lo elabora,"
4.- Agregase a continuacion del artieulo 5°, el siguiente artieulo 5° bis:
"Artieulo 5° bis: Competencias de los usuarios delas Entidades Licitantes
Los usuarios de las entidades licitantes deberan contar con las competencias tecnicas suficientes para operar en el Sistema de Informacion, de acuerdo a lo establecido en las Politieas y Condiciones de Uso del Sistema de Informacion y Contratacion Electronica.
Talcs competencias tecnicas estaran referidas a los distintos pcrfiles de usuarios y comprendcran matcrias rcla-cionadas con gestion de abastecimiento, uso del portal, apli-cacion de la normativa y conceptos de erica y probidad en los Procesos de Compra, entre otros.
Los usuarios a que sc rcfiere este artieulo deberan scr designados por las autoridades y jefaturas de las Entidades de acuerdo a lo senalado el artieulo anterior.".
5.- Agregase en el artieulo 58, el siguiente inciso segundo:
"Adicionalmente, las Entidades publicaran en un espa-cio destacado de sus respectivos portales electronicos la rcferida informacion de sus Procesos de Compras, los cualcs contaran con un vinculo al Sistema de Informacion, en la forma en que se defina en las politieas y Condiciones de Uso del Sistema de Informacion y Contratacion Electronica1'.
Articuio segundo: E! Manual de Frocediinientos a que serefiere el presente decreto, debera ser elaborado y publicado en el Sistema de Informacion por parte de las entidades regidas por la Ley de Compras dentro de 180 dias contados desde su entrada en vigencia.
Anotese, tomese razon, y publiquese,- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la Republica.- Andres Velasco Brafies, Ministra de Hacienda.
Lo que transcribo austed para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Maria Olivia Recart Herrera, Subsecreta-ria de Hacienda. |