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Noveno Protocolo Adicional |
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Síntesis: |
Prorroga las preferencias hasta el 31/12/99. |
Fecha de suscripción |
30 - Marzo - 1999 |
Fecha de depósito |
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Cláusulas de vigencia |
El presente no contiene cláusulas de vigencia. |
Disposiciones de internalización |
ECUADOR: Registro Oficial N° 203 de 02/06/1999
URUGUAY: Decreto N° 663 de 27/11/1985 (SEC/di 202) |
Entrada en vigor |
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ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA N° 28
CELEBRADO ENTRE ECUADOR Y URUGUAY
Noveno Protocolo Adicional
Los Plenipotenciarios de la República del Ecuador y de la República Oriental del Uruguay, acreditados por sus respectivos Gobiernos según poderes que fueron otorgados en buena y debida forma, depositados oportunamente en la Secretaría General de la Asociación,
CONSIDERANDO La necesidad de preservar y ampliar las corrientes de comercio existentes entre ambos países; y
REAFIRMANDO La voluntad de continuar las negociaciones de un Acuerdo de Complementación Económica entre los países miembros del MERCOSUR y los de la Comunidad Andina, para conformar una zona de libre comercio,
CONVIENEN:
Artículo único.- Prorrogar desde el 1º de abril de 1999 hasta el 31 de diciembre de 1999, la vigencia de las preferencias pactadas entre la República del Ecuador y la República Oriental del Uruguay en el Acuerdo de Complementación Económica Nº 28.
Si con anterioridad al 31 de diciembre del año 1999 se suscribiera un Acuerdo de Complementación Económica entre el MERCOSUR y la Comunidad Andina, el Acuerdo de Complementación Económica N° 28, las preferencias pactadas en el mismo y sus Protocolos caducarán a partir de la entrada en vigencia de aquél.
La Secretaría General de la Asociación será depositaria del presente Protocolo, del cual enviará copias debidamente autenticadas a los Gobiernos signatarios.
EN FE DE LO CUAL, los respectivos Plenipotenciarios suscriben el presente Protocolo en la ciudad de Montevideo, a los treinta y un días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve, en un original en los idiomas español y portugués, siendo ambos textos igualmente válidos.
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ARCHIVO MAGNÉTICO
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