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ALADI > Acuerdos > Acuerdos Históricos

AAP.PC 6

Acuerdo


Nota Secretaría General:
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 42 del AAP.CE N° 36, se mantendrán en vigor, debido a su naturaleza estrictamente bilateral, las disposiciones del Acuerdo de Alcance Parcial de Promoción del Comercio Nº 6 suscrito en el ámbito de la ALADI, no referidas al Programa de Liberación Comercial y que no hayan sido tratadas en el AAP.CE N° 36.


Síntesis:
Liberación del comercio de hidrocarburos y sus derivados


Fecha de suscripción
18 - Marzo - 1994


Fecha de depósito


Cláusulas de vigencia
Artículo 10. El presente Acuerdo regirá a partir de la fecha de su firma.


Disposiciones de internalización
Argentina; No se cuenta con información
Bolivia: No se cuenta con información


Entrada en vigor
18/03/1994


Acuerdos posteriores relacionados: AAP.CE N° 36.
Texto del Acuerdo

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