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ALADI > Acuerdos > Acuerdos Históricos

AAP.R 2

Acuerdo


Nota Secretaría General:
De acuerdo a lo establecido en el literal b) de las Disposiciones Transitorias del AAP.CE N° 19, el AAP.R N° 2 quedó sin efecto a partir de la entrada en vigor del AAP.CE N° 19.


Síntesis:


Fecha de suscripción
30 - Abril - 1983


Fecha de depósito


Cláusulas de vigencia
Artículo 23.- El presente Acuerdo entrara en vigencia a partir del 1° de mayo de 1983 y tendrá una duración de nueve años, prorrogable por igual período, previa negociación, salvo que alguno de los países signstsrios exprese su voluntad en contrario con un año de anticipación a su vencimiento.


Disposiciones de internalización
Argentina: Decreto 2.429 de 19/09/1983 (SEC/di 110)
Bolivia: D.S. 21.038 de 01/08/1985 (CR/di 88.48 y 88.48/add. 1)


Entrada en vigor
01/05/1983


Acuerdos posteriores relacionados: AAP.CE N° 19 y AAP.CE N° 36.

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