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ALADI > Acuerdos > Acuerdos Históricos

AAP.R 9

Acuerdo


Nota Secretaría General:
De acuerdo a lo establecido en el Artículo XVIII-3 del AAP.CE N° 53, a partir de la entrada en vigor del referido Acuerdo quedaron sin efecto todas las disposiciones y preferencias contenidas en el AAP.R N° 9 y sus Protocolos Modificatorios o Adicionales.


Síntesis:
Establece normas para la regulación del Acuerdo


Fecha de suscripción
30 - Abril - 1983


Fecha de depósito


Cláusulas de vigencia
Artículo 10.- Los compromisos derivados de las negociaciones previstas en los artIculos anteriores deberán ser formalizados mediante la suscripción de un Protocolo Modificatorio del presente Acuerdo que registrsrá las normas y las concesiones que regirán entre los países signatarios a partir del l°. de enero de 1984.


Disposiciones de internalización
BRASIL: Decreto N° 89.094 de 02/12/1983 (SEC/di 119.3 y CR/di 88.16)
MÉXICO: No se cuenta con información


Entrada en vigor
01/01/1984


Acuerdos posteriores relacionados: AAP.CE N° 53.

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