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Acuerdo |
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Nota Secretaría General: |
Mediante el Primer Protocolo Adicional al AAP.PC N° 4, los países decidieron dejar sin efecto el Acuerdo a partir de la fecha de su suscripción, el 5 de marzo de 1998. |
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Síntesis: |
Establece normas con la finalidad de adoptar las medidas sanitarias y fitosanitarias necesarias para proteger la salud y la vida de las personas y los animales y para preservar la sanidad de los vegetales |
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Fecha de suscripción |
18 - Mayo - 1994 |
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Fecha de depósito |
18 - Mayo - 1994 |
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Cláusulas de vigencia |
No contiene: (ARTICULO 13. VIGENCIA. El presente Acuerdo tendrá una duración indefinida y podrá ser objeto de revisión total o parcial mediante acuerdo entre los paises signatarios.) |
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Disposiciones de internalización |
Argentina: Decreto 415/91 (CR/di 274)
Brasil: Dec. 1.279 de 14/10/94 (SEC/di 605)
Paraguay: No se cuenta con información
Uruguay: Decreto N° 663 de 27/11/1985 (SEC/di 202) |
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Entrada en vigor |
18/05/1994 |
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