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Tercer Protocolo Adicional |
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Síntesis: |
Incorpora al Acuerdo el Acuerdo de Cooperación y Coordinación en materia de Sanidad Silvoagropecuaria entre el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria de la República del Ecuador y el Servicio Agrícola y Ganadero de la República de Chile |
Fecha de suscripción |
24 - Enero - 2001 |
Fecha de depósito |
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Cláusulas de vigencia |
Artículo 2°.- El presente Protocolo entrará en vigor treinta días después de la fecha en que la Secretaría General de la ALADI comunique a los Países Signatarios del Acuerdo la recepción de la última notificación relativa al cumplimiento de los trámites de incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos. |
Disposiciones de internalización |
CHILE: Nota N° 015/01 de 13/01/2001 (CR/di 1226)
ECUADOR: Nota N° 10/ALADI/04 de 19/03/2004- Decreto Ejecutivo N° 1663-F. (CR/di 1226.1).
Según lo establecido en la cláusula de vigencia, el presente Protocolo entrará en vigor a partir del 17 de abril de 2004. |
Entrada en vigor |
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ALADI
Cebollatí 1461 Tel: + 598 24101121 Fax: + 598 24190649
Montevideo - URUGUAY
Email:
sgaladi@aladi.org
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