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ALADI > Acuerdos > Acuerdos Históricos

AAP.R 12

Acuerdo


Nota Secretaría General:
De acuerdo a lo establecido en el Primer Protocolo Adicional al AAP.CE N° 25, a partir del 23 de mayo de 1994, fecha en la que el AAP.CE N° 25 quedó incorporado al ordenamiento jurídico interno de ambos signatarios, se dejó sin efecto el AAP.R N° 12.


Síntesis:
Establece normas para la regulación del Acuerdo


Fecha de suscripción
30 - Abril - 1983


Fecha de depósito


Cláusulas de vigencia
Artículo 28.- El presente Acuerdo entrará en vigencia el 1° de mayo de 1983 y tendrá un plazo de duración de seis años, pudiendo ser prorrogado por expresa manifestación de voluntad de los países signatarios.


Disposiciones de internalización
Brasil: Dec. 88.646 de 25/08/83 (CR/di 88.6 y 88.6/Add.1)
Perú: D.S. 493 de 09/11/83 (SEC/di 107.3)


Entrada en vigor
01/05/1983


Acuerdos posteriores relacionados: AAP.CE N° 25, AAP.CE N° 39 y AAP.CE N° 58.
ACUERDO

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