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Trigesimosegundo Protocolo Adicional |
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Síntesis: |
Prorroga la vigencia del Acuerdo y las preferencias pactadas entre Uruguay y Venezuela, en los términos y condiciones del Vigesimosegundo Protocolo Adicional, hasta el 30/09/2000. |
Fecha de suscripción |
14 - Julio - 2000 |
Fecha de depósito |
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Cláusulas de vigencia |
Artículo único: Prorrogar desde el 1º de julio hasta el 30 de setiembre de 2000, la vigencia del Acuerdo Comercial Nº 5 y de las preferencias pactadas recíprocamente entre sus signatarios, en los términos y condiciones que se registran en el Vigesimosegundo Protocolo Adicional. |
Disposiciones de internalización |
URUGUAY: Decreto N° 663 de 27/11/1985 (SEC/di 202)
VENEZUELA: Resolución MRE N° 151 de 14/08/2000, Gaceta Oficial de 16/08/2000 (SEC/i 1408) |
Entrada en vigor |
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