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Primer Protocolo Adicional |
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Síntesis: |
Da por concluida la participación de Uruguay en el Acuerdo al margen del artículo 17, los derechos y obligaciones adquiridos por dicho país cesan automáticamente a partir de la fecha de suscripción del Protocolo. Actualiza las Notas Complementarias y modifica el Régimen de Origen del Acuerdo; incorpora al programa de liberación del Acuerdo las preferencias otorgadas recíprocamente por Brasil y México y da otras providencias |
Fecha de suscripción |
22 - Diciembre - 1989 |
Fecha de depósito |
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Cláusulas de vigencia |
Artículo 10.- El presente Protocolo rige a partir de la fecha de su suscripción. |
Disposiciones de internalización |
ARGENTINA;
BRASIL: Decreto 139/91 de 01/07/1991 (SEC/di 88.3)
CHILE:
MÉXICO: Decreto de 24/05/1993
URUGUAY: Comunicó la fecha en que quedó concluida la participación como signatario del Acuerdo (Dec. 86/990, SEC/di 356) |
Entrada en vigor |
22/12/89 |
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