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Noveno Protocolo Adicional |
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Síntesis: |
Prorroga hasta el 30/09/1997 la preferencia otorgada por Perú para la importación del producto "Polipropileno en formas primarias" |
Fecha de suscripción |
2 - Abril - 1997 |
Fecha de depósito |
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Cláusulas de vigencia |
No contiene cláusula de vigencia |
Disposiciones de internalización |
Argentina: Decreto 415/91 (CR/di 274)
Perú: Decreto Supremo N° 009-97 ITINCI de 02/05/1997 (SEC/di 903) |
Entrada en vigor |
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ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA Nº 9
Noveno Protocolo Adicional
Los Plenipotenciarios de la República Argentina y de la República del Perú, acreditados por sus respectivos Gobiernos según poderes que fueron otorgados en buena y debida forma, depositados oportunamente en la Secretaría General de la Asociación,
CONVIENEN:
Artículo único.- Prorrogar desde el 1º de enero de 1997 hasta el 30 de setiembre de 1997 la preferencia otorgada por la República del Perú en el Séptimo Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica Nº 9, para la importación del producto "Polipropileno en formas primarias" clasificado en el ítem 3902.10.00 de la NALADISA, originario de la República Argentina.
La Secretaría General de la Asociación será depositaria del presente Protocolo, del cual enviará copias debidamente autenticadas a los Gobiernos signatarios.
EN FE DE LO CUAL, los respectivos Plenipotenciarios suscriben el presente Protocolo en la ciudad de Montevideo, a los dos días del mes de abril de mil novecientos noventa y siete, en un original en los idiomas español y portugués, siendo ambos textos igualmente válidos.
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