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ALADI > Acuerdos > Acuerdos Históricos

AAP.R 21

Décimo Octavo Protocolo Adicional


Síntesis:
Prorroga la vigencia de las preferencias pactadas entre Paraguay y Venezuela hasta el evento que ocurra primero, sea el 30 de noviembre de 2004 o la efectiva entrada en vigor del Acuerdo de Complementación Económica N° 59, suscrito entre el MERCOSUR, y Colombia, Ecuador y Venezuela, Países Miembros de la Comunidad Andina.
Fecha de suscripción
29 - Octubre - 2004
Fecha de depósito
Cláusulas de vigencia
Artículo 2°.- El presente Protocolo regirá a partir de la fecha de su suscripción.
Disposiciones de internalización
PARAGUAY: No se cuenta con la información de puesta en vigencia.
VENEZUELA: No se cuenta con la información de puesta en vigencia.
Entrada en vigor




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