Menu
Menu
ALADI > Acuerdos > Acuerdos Históricos

AAP.C 22

Acuerdo


Nota Secretaría General:
De acuerdo a lo establecido en el Decimotercer Protocolo Adicional al AAP.C N° 22 y a lo dispuesto en el Artículo 4° del Primer Protocolo Adicional al AAP.CE N° 6, Argentina y México convinieron dejar sin efecto las preferencias pactadas bilateralmente en el AAP.C N° 22, a partir del 30 de diciembre de 1994.

El Acuerdo fue prorrogado por última vez entre Argentina y Brasil hasta el 30 de setiembre de 1997 (ALADI/ACUERDOS COMERCIALES/Add. 4 de 26/12/96).

El Acuerdo fue prorrogado por última vez entre Brasil y México hasta el 31 de diciembre de 1997 (ALADI/ACUERDOS COMERCIALES/Add.7 de 29/09/97).


Síntesis:
Aceites esenciales, químico-aromáticos, aromas y sabores


Fecha de suscripción
29 - Noviembre - 1982


Fecha de depósito


Cláusulas de vigencia
Artículo 16.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del primero de enero de mil novecientos ochenta y tres y tendrá una duración de nueve años prorrogables por períodos iguales y consecutivos, salvo manifestación expresa en contrario de alguno de los países signatarios formulada con noventa días de anticipación a la fecha de su vencimiento.


Disposiciones de internalización
ARGENTINA: Decreto 1.829 de 21/07/83 (CR/di 66.1)
MÉXICO No se cuenta con información


Entrada en vigor
01/01/1983


Acuerdos posteriores relacionados: AAP.CE N° 6
ACUERDO

ALADI
Cebollatí 1461 Tel: + 598 24101121 Fax: + 598 24190649
Montevideo - URUGUAY
Email: sgaladi@aladi.org © Copyright 2019. ALADI - Todos los derechos reservados