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ALADI > Acordos > Acordos Históricos > ->Alcance Parcial - Renegociação do Patrimônio Histórico



AAP.R22


Acuerdo


Nota Secretaría Geral:
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 29 del AAP.R N° 22, el mismo entró en vigencia el 1° de mayo de 1983 y tuvo una duración de seis años.


Síntese:
Establece normas para la regulación del Acuerdo


Data de Assinatura
30 - Abril - 1983

Data de depósito

Cláusulas de vigencia
Artículo 29.- ~ El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir del 1°de mayo de 1983 y tendra una duracion de seis años, prorrogable por igual período, previa negociacion, salvo que alguno de los países signatarios exprese su voluntad en contrario con un año de anticipación a su vencimiento.

Disposiciones de internalización
Bolivia: No se cuenta con información
Uruguay: Nota N° 483 de 16/09/85 (CR/di 152)

Entrada en vigor
01/05/1983


Acuerdos posteriores relacionados: AAP.CE N° 15 y AAP.CE N° 36.
ACUERDO

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