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ALADI > Acordos > Acordos Históricos > ->Alcance Parcial - Comerciais



AAP.C24


Acuerdo


Nota Secretaría Geral:
De acuerdo a lo establecido en el Décimo Protocolo Adicional al AAP.C N° 24, Argentina y México convinieron, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 4° del Primer Protocolo Adicional al AAP.CE N° 6, dejar sin efecto las preferencias pactadas bilateralmente en el AAP.C N° 24, a partir del 30 de diciembre de 1994.


Síntese:
Electrónica y comunicaciones eléctricas


Data de Assinatura
29 - Noviembre - 1982

Data de depósito

Cláusulas de vigencia
Artfculo 16.- El presente Acuerdo entrara en vigor a partir del primero de enero de mil novecientos ochenta y tres y tendrá una duración de nueve años prorrogables por períodos iguales y consecutivos, salvo manifestación expresa en contrario de alguno de los países signatarios formulada con novenda días de anticipación a la fecha de su vencimiento,

Disposiciones de internalización
ARGENTINA: Decreto 1.827 de 21/08/83 (cr/DI 68.1)
MÉXICO: Decreto de 13/06/86 (SEC/di 177.2)

Entrada en vigor
01/01/1983


Acuerdos posteriores relacionados: AAP.CE N° 6.
ACUERDO

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