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ALADI > Acordos > Acordos Históricos > ->Alcance Parcial - Complementação Econômica
AAP.CE21


Décimo Protocolo Adicional


Síntese:
Prorroga hasta el 31/12/1999 la vigencia de las preferencias otorgadas entre ambos países


Data de Assinatura
30 - Marzo - 1999

Data de depósito

Cláusulas de vigencia
No contiene cláusula de vigencia.

Disposiciones de internalización
Argentina: Decreto 415 (CR/di 274)
Ecuador: Publicación en el Registro Oficial N° 203 de 02/06/1999 (SEC/di 1407)

Entrada en vigor


ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA N° 21 CELEBRADO ENTRE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Y LA REPÚBLICA ARGENTINA
Décimo Protocolo Adicional


Los Plenipotenciarios de la República Argentina y de la República del Ecuador, acreditados por sus respectivos Gobiernos según poderes que fueron otorgados en buena y debida forma, depositados oportunamente en la Secretaría General de la Asociación,

CONSIDERANDO La necesidad de preservar y ampliar las corrientes de comercio existentes entre ambos países; y

REAFIRMANDO La voluntad de continuar las negociaciones de un Acuerdo de Complementación Económica entre los países miembros del MERCOSUR y los de la Comunidad Andina, para conformar una zona de libre comercio,

CONVIENEN:


Artículo único.- Prorrogar desde el 1º de abril de 1999 hasta el 31 de diciembre de 1999, la vigencia de las preferencias pactadas entre la República Argentina y la República del Ecuador en el Acuerdo de Complementación Económica Nº 21.

Si con anterioridad al 31 de diciembre del año 1999 se suscribiera un Acuerdo de Complementación Económica entre el MERCOSUR y la Comunidad Andina, el Acuerdo de Complementación Económica N° 21, las preferencias pactadas en el mismo y sus Protocolos caducarán a partir de la entrada en vigencia de aquél.


La Secretaría General de la Asociación será depositaria del presente Protocolo, del cual enviará copias debidamente autenticadas a los Gobiernos signatarios.

EN FE DE LO CUAL, los respectivos Plenipotenciarios suscriben el presente Protocolo en la ciudad de Montevideo, a los treinta y un días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve, en un original en los idiomas español y portugués, siendo ambos textos igualmente válidos.
__________

ALADI
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