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ALADI > Acordos > Acordos Históricos > ->Alcance Parcial - Complementação Econômica
AAP.CE5


Octavo Protocolo de Adecuación


Síntese:
Prorroga hasta el 31/12/1995 la vigencia de las preferencias otorgadas por los países signatarios


Data de Assinatura
22 - Junio - 1995

Data de depósito

Cláusulas de vigencia
No contiene cláusula de vigencia

Disposiciones de internalización
México: Resolución 11/90 de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SEC/di 385)
Uruguay: Decreto 663/85 (SEC/di 202)

Entrada en vigor


ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA Nº 5

Octavo Protocolo Adicional


Los Plenipotenciarios de los Estados Unidos Mexicanos y de la República Oriental del Uruguay, acreditados por sus respectivos Gobiernos según poderes que fueron otorgados en buena y debida forma, depositados oportunamente en la Secretaría General de la Asociación,

CONSIDERANDO El Acta de la Reunión del Grupo Ad Hoc MERCOSUR-ALADI y México suscrita con fecha 31 de marzo de 1995; y

La necesidad de preservar y ampliar las corrientes de comercio existentes,

CONVIENEN:


Artículo único.- Prorrogar desde el 1º de julio y hasta el 31 de diciembre de 1995, la vigencia de las preferencias pactadas entre ambos países en el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica Nº 5.


La Secretaría General de la Asociación será depositaria del presente Protocolo, del cual enviará copias debidamente autenticadas a los Gobiernos signatarios.

EN FE DE LO CUAL, los respectivos Plenipotenciarios suscriben el presente Protocolo en la ciudad de Montevideo, a los veintidós días del mes de junio de mil novecientos noventa y cinco, en un original en los idiomas español y portugués, siendo ambos textos igualmente válidos.

__________

ALADI
Cebollatí 1461 Tel: + 598 24101121 Fax: + 598 24190649
Montevideo - URUGUAY
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