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ALADI > Acordos > Acordos Históricos > ->Alcance Parcial - Complementação Econômica



AAP.CE19


Acuerdo


Nota Secretaría Geral:
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 42 del AAP.CE N° 36, se mantendrán en vigor, debido a su naturaleza estrictamente bilateral, las disposiciones del AAP.CE N° 19 no referidas al Programa de Liberación Comercial y que no hayan sido tratadas en el AAP.CE N° 36.


Síntese:
Establece normas para la regulación del Acuerdo


Data de Assinatura
28 - Abril - 1992

Data de depósito

Cláusulas de vigencia
Artículo 33.- El presente Acuerdo regirá a partir de la fecha de su suscripción y tendrá una duraciòn indefinida.

Disposiciones de internalización
Argenitna:Decreto N° 415 de 18/03/1991 (CR/di 274)
Bolivia: Decreto Supremo Nº 23.301 de 19/10/93 (CR/di 343)

Entrada en vigor
28/04/1982


Acuerdos anteriores relacionados: AAP.R N° 2.
Acuerdos posteriores relacionados: AAP.CE N° 36.
Texto del ACE 19


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