ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA N° 31 CELEBRADO ENTRE BOLIVIA Y MÉXICO
PREÁMBULO
El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Bolivia,
DECIDIDOS A
ESTRECHAR los lazos especiales de amistad, solidaridad y cooperación entre sus pueblos;
ACELERAR e impulsar la revitalización de los esquemas de integración americanos;
FORTALECER la Asociación Latinoamericana de Integración como centro de articulación y convergencia de los esquemas de integración latinoamericana;
ALCANZAR un mejor equilibrio en las relaciones comerciales entre sus países, tomando en consideración sus niveles de desarrollo económico;
CONTRIBUIR al desarrollo armónico, a la expansión del comercio mundial y a la ampliación de la cooperación internacional;
CREAR un mercado más extenso y seguro para los bienes producidos y los servicios suministrados en sus territorios;
REDUCIR las distorsiones en su comercio recíproco;
ESTABLECER reglas claras y de beneficio mutuo para su intercambio comercial;
ASEGURAR un marco comercial previsible para la planificación de las actividades productivas y la inversión;
DESARROLLAR sus respectivos derechos y obligaciones derivados del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), del Tratado de Montevideo 1980, así como de otros instrumentos bilaterales y multilaterales de integración y cooperación;
FORTALECER la competitividad de sus empresas en los mercados mundiales;
ALENTAR la innovación y la creatividad mediante la protección de los derechos de propiedad intelectual;
CREAR nuevas oportunidades de empleo, mejorar las condiciones laborales y los niveles de vida en sus respectivos territorios;
PROTEGER los derechos fundamentales de sus trabajadores;
EMPRENDER todo lo anterior de manera congruente con la protección y la conservación del ambiente;
REFORZAR la elaboración y la aplicación de leyes y reglamentos en materia ambiental;
PROMOVER el desarrollo sostenible;
PRESERVAR su capacidad para salvaguardar el bienestar público; y
FOMENTAR la participación dinámica de los distintos agentes económicos, en particular del sector privado, en los esfuerzos orientados a profundizar las relaciones económicas entre las Partes y a desarrollar y potenciar al máximo las posibilidades de su presencia conjunta en los mercados internacionales;
CELEBRAN ESTE TRATADO DE LIBRE COMERCIO
De conformidad con el GATT y con el carácter de Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica para los efectos del Tratado de Montevideo 1980 y la Resolución 2 del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de las partes contratantes de ese tratado.
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