Política de Competencia

Acuerdo de Alcance Parcial N°.40 Amparado en el Artículo 25 TM80 (Cuba, Caricom)

1. Las Partes desestimularán las prácticas comerciales anticompetitivas y trabajarán con vista a la adopción de disposiciones comunes que prevengan tales prácticas.

2. Las Partes se comprometerán a establecer medidas y mecanismos que faciliten y promuevan una política de competencia, las que deberán asegurar su aplicación entre las Partes.