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Comercio de Servicios

Acuerdo de Alcance Parcial N° 31 amparado en el Artículo 25 TM 80 (Colombia, CARICOM) (Sin compromiso)
Acuerdo de Alcance Parcial No. 31 Amparado en el Artículo 25 TM
Colombia, CARICOM

Artículo 14. Comercio de Servicios
Las Partes reconocen la importancia que tiene el comercio de servicios para el desarrollo de sus economías.

Las Partes reconocen además que será oportuno y necesario desarrollar la cooperación en este sector, tomando como base el resultado de la Ronda Uruguay del GATT. A tal fin, las Partes negociarán reformas o ampliaciones de este Acuerdo